En una nueva entrega de Situación Legal, se abordó un tema que genera muchas interrogantes: la obligación de pagar asistencia familiar por un hijo que no es biológicamente tuyo.
El abogado Edson Foronda aclaró que en Bolivia, cuando una persona es reconocida legalmente como padre, tiene la responsabilidad de proporcionar asistencia familiar, incluso si no existe un vínculo biológico, a menos que esa filiación sea impugnada judicialmente.
Foronda indicó que la legislación establece un plazo de cinco años para cuestionar la filiación, dentro del cual se deben presentar pruebas que demuestren la falta de relación biológica. Si este tiempo pasa sin que se lleve a cabo la impugnación, la filiación queda consolidada legalmente, y la obligación de asistencia familiar sigue vigente, según lo que determine la autoridad judicial.
El abogado enfatizó que cada situación debe ser evaluada de manera particular y tratada en el marco del procedimiento legal correspondiente, considerando siempre las pruebas disponibles y el interés superior del menor.