Política 26 octubre 2026 Por Karen Roca

Confusión en la elección del nuevo fiscal general: Senado y Diputados manejan el mismo proyecto

La elección del próximo fiscal general del Estado está generando confusión, puesto que tanto el Senado como la Cámara de Diputados están revisando el mismo proyecto de ley, pero de manera independiente. La Constitución Política del Estado (CPE) y los reglamentos de las cámaras indican que la comisión mixta de Justicia debe encargarse del análisis, y hasta el momento, esta comisión no ha llevado a cabo ninguna sesión.

Los proyectos en cuestión son el 328 en el Senado, que fue presentado el 21 de octubre y enviado a la comisión de Justicia un día después. Simultáneamente, el diputado Rafael López introducía su propuesta para la elección del fiscal en la Cámara Baja, lo que ha llevado a que ambos proyectos estén en paralelo.

En el Senado, los senadores Erick Soruco, María Moreno y Wilder Veliz han aprobado el proyecto, que consta de 41 artículos más disposiciones adicionales y abrogatorias. Por su parte, la iniciativa de López tiene la misma cantidad de artículos y disposiciones transitorias, lo que revela similitudes en su contenido.

Sin embargo, existen diferencias clave entre ambos proyectos. La propuesta de López estipula un plazo de 35 días para todo el proceso, enfatizando que debe concluir en una sola sesión de Asamblea, que permanecerá abierta hasta la elección del nuevo fiscal. En cambio, el proyecto del Senado carece de plazos específicos y menciona que los términos serán aprobados por la comisión mixta de Justicia.

En relación a los requisitos, el proyecto de López detalla todas las condiciones necesarias, mientras que el del Senado deja esta aprobación en manos de la comisión. Igualmente, en cuanto a los criterios de evaluación, la propuesta de Diputados especifica los puntajes para los postulantes, a diferencia del Senado, que planea publicarlos más adelante.

La incertidumbre persiste sobre cómo se logrará la aprobación del proyecto, considerando que la CPE establece que la designación del fiscal es responsabilidad de la Asamblea, la cual no puede operar con comisiones por separado, como se menciona en el artículo 54 del reglamento del Senado y el artículo 49 del reglamento de Diputados.

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